(Fuente: Iurismatica )
La OMPI publica hoy la decisión del panel administrativo sobre el litigio por el nombre de dominio "entradas.es". Este litigio por un dominio tan jugoso como entradas.es, venía ya de lejos tal y como lo exponía dirson en su blog. En lo que parece ser el desenlace final (a la espera de ver si alguna de las partes acude a la jurisdicción ordinaria) el dominio "entradas.es" será transferido, por la decisión del panelista, a la empresa Transacciones Internet de Comercio Electrónico, S.A.
La parte demandante basaba sus pretensiones en la titularidad de las marcas entradas.com y entradas.es, que además cuenta con otros dominios relacionados con las entradas (como son entradas.com, entradas.net, cinentradas.com, etc.) y sobre todo en la mala fe de la parte demandada porque conocía de la existencia previa y notoria del dominio entradas.com y su interés de lucrarse atrayendo usuarios a su web.
Por otro lado, la parte demandada entiende que el dominio es un genérico, que en la actualidad todavía se está desarrollando el portal y que en ningún caso ha habido mala fe en el registro del nombre de dominio y que la parte demandante no ha podido demostrar dicha mala fe.
El panelista concluye la decisión reconociendo:
1º Que existe una evidente identidad entre las marcas registradas y los nombres de dominio.
2º Que el demandado no ha demostrado que exista un derecho e interés legítimo. En este caso no le ha servido como prueba los documentos aportados por el demandado en los que se establecían los planes de desarrollo del nombre de dominio.
3º Y creo que al final el argumento que ha sido determinante para el panelista: La mala fe en el registro. El panelista a través de una afirmación categórica establece que "queda patente que el demandado ha adquirido el nombre de dominio fundamentalmente con el fin de atraer, con ánimo de lucro, a usuarios de Internet a su página web perturbando a su vez la actividad comercial de la Demandada, al crear confusión en el consumidor". De hecho, concluye que "para el experto resulta altamente probable que la demandada al momento de solicitar el nombre de dominio en disputa haya tenido conocimiento de los derechos e intereses legítimos en que la demandante ha amparado su pretensión en este procedimiento".
A mi entender y siempre salvo mejor opinión, dejando a parte que no me gusta nada que en una decisión se utilicen términos como "altamente probable" (una cosa es o no es, pero lo que no puede ser es "altamente probable" ¿es esto justicia?), creo que el panelista se ha dejado llevar por su "sexto sentido", ese sexto sentido que establece que un dominio genérico, registrado bajo un ccTLD, por una "empresa" sita en un posible paraíso fiscal y encima estacionado en un parking de dominios tiene una alta probabilidad que se haya registrado para "especular con él". ¿Es esto razón suficiente para quitárselo?
Han dejado 13 comentarios...
lesmes
12 de enero de 2007 at 14:19
Hola,
Pues hay alguien por ahí que se llama Lesmes y que tiene el dominio entradas.mobi.
Vaya tela!
Sandra
12 de enero de 2007 at 14:34
Ese penalista debe de ser un ser sin inteligencia alguna. Un dominio generico robado. Es claro la mala fe de la empresa demandante, entradas.com es una empresa ladrona… ante este robo, ese penalista y esa empresa, va a tener muy mala prensa en internet…
ROBO A MANO ARMADA DE UN DOMINIO LEGITIMO
Óscar
12 de enero de 2007 at 14:47
Interés de lucro y mala fe, sí… pero por ambas partes. Además, la marca entradas.es fue concedida meses después de la fecha de registro del dominio. Por una parte me alegro; por otra, me preocupo.
Carlitos
12 de enero de 2007 at 14:47
Esto a pleito esta claro
Sandra
12 de enero de 2007 at 16:02
Es preocupante que se premie la MALA FE de algunas empresas okupas. Y crearon creo la marca entradas.es, sin tener el dominio, osea otro acto de mala fe. Esta marca es abusiva y debiera ser eliminada.
Como vengan mas listos como los de entradas.com, van a parasitar internet con sus abusos. ESTO ES CACIQUISMO EN EL SIGLO XXI
Paco
12 de enero de 2007 at 17:41
1. ¿Desde cuando uno tiene el derecho de ser dueño de un dominio génerico sólo porque tiene la marca registada? además a posteriori del registro del dominio.
2. ¿Qué tiene que ver que uno registre un término genérico como marca y otros lo registren como dominio?
3. ¿Tiene alguién el privilegio absoluto sobre los térmicos genéricos? otra cosa son las MARCAS, que se crean, se inventan, no son palabras comunes del diccionario, de uso común y de todos.
4. ¿Es la palavra «entradas» uma marca que alguiém inventó o creó? ¿Quién es su autor o creador? ¿Alguién sabe decirmlo? Y esto sirve para TODAS las extensiones de internet. Porque el «.es» ¿es también una marca, o es un patrimonio de todos? Lo mismo digo de «.com» y demás extensiones de internet ¿son propriedad de quién?
5. Urge distinguir el concepto de marca y el concepto de término genérico. Y por otro lado separar los nombres de las extenciones de internet. Jamás se deberian aceptar como marca registrada la combinación de ambos.
6. Al final ¿cual es el criterio para el registro de marcas? Por lo que acabámos de ver con esta decisión, lo mejor es que nos pongamos TODOS a registrar las palabras del diccionario español como «marcas.es»!!!
Paco
12 de enero de 2007 at 19:18
VUELVO A LA CARGA:
Si esto va así, como va, entonces a lo mejor vamos TODOS A REGISTRAR “PALABRAS GENÉRICAS .ES” que se convertirán luego en MARCAS, y después ya sabéis: a RECLAMAR los correspondientes dominios .es!!! Seguro que polvo que toques, saldrá ORO debajo de tus pies!!!
Y en base a esta decisión o argumentación tan “filosófica” del derecho que impera por estas bandas, a lo mejor me hago también RICO o MULTIMILLONARIO ya de una vez por todas!
Tenemos así excelentes palabras genéricas (”sencillas y bellas”, como diria el cantante) para registrarlas como marcas… AVANTE!!! que es lo mismo que “ADELANTE”, y animaos! jejeje, que divertido…
Cuanto a los que hacen comentarios en contra de los que “especulan con dominios”, me gustaría de preguntarles si ¿nunca han especulado en toda su vida? Sinceramente NO ME LO CREO, a fin de cuentas TODOS acabamos por especular con algo: con las acciones, con las divisas, con los pisos, con los coches, con las materias primas, con todo aquelle que se pueda comprar y vender… Por esta misma orden de ideas tampoco se deberían permitir las transacciones de empresas (incluídas las .com) porque eso también es especulación, y de ahí también deberían estar prohibidas ¿no?
Tengo por costumbre argumentar que las oportunidades existen y están cada día al alcance que quién esté dispuesto a aprovecharlas! Manos a la obra señores! Un saludo.
Antonio Domingo
13 de enero de 2007 at 1:30
Gracias por la info, es un atraco y hay que decirlo alto y claro.
He puesto un post en mi blog con el texto integro y con el credito vuestro, es decir con un link a domisfera como corresponde.
Si quieres verlo:
http://marketingeinternet.blogspot.com/2007/01/transferido-el-dominio-entradases-por.html
Saludos.
Antonio Domingo
http://marketingeinternet.blogspot.com
Augusto Castañeda - Young Entrepreneur Web » Archivos » WIPO le quita Entrada.es y JeuxOnline.fr a sus dueños
13 de enero de 2007 at 8:47
[…] Entérese más vía: Dirson – Lurismática – Domisfera – Carlos Blanco […]
Federico
25 de enero de 2007 at 20:59
Estoy intentando contactar con entradas.com,desde hace 11dias para reclamar un cobro indebido de tres entradas de teatro.Alguien me puede indicar alguna forma de hacerlo,pues les he enviado multitud de mensajes y no recibo contestación.Gracias anticipadas.
Com » Reverse domain hijacking
15 de marzo de 2007 at 14:04
[…] Lamentablemente en algunos casos el demandante ha conseguido su propósito y se ha apoderado de dominios genéricos como Lecturas.com o Entradas.es […]
carmen
26 de noviembre de 2008 at 22:12
Entonces quiere decir que el que registra una palabra como dominio punto com es el dueño absoluto de todas las extensiones de esa palabara, si es así, no deberian vender las otras extrensiones a mas nadie y el registrante primero debería por obligación comprar todas las extensiones de ese nombre y las que salgan en el futuro….Un abuso..un robo,…un descaro…vamos a ver si cesa ya ese ventajismo
sat
4 de junio de 2011 at 12:03
Es un robo a mano armada, ese dominio en SEDO podria costar facilimente 60.000 € y se lo han quitado a su legitimo dueño.
No hay ninguna marca registrada con el nombre de ENTRADAS, por lo tanto no se usurpa nombre de marca.
La OMPI pierde prestigio desde el momento que da la razon a los que pagan el proceso (1400 € en el caso de los .es).
El demandante, que seguro es mas fuerte legalmente que el demandado (creando una injusta batalla) solo arriesga 1400 e en esta apuesta que si gana y sin que la otra parte pueda hacer nada, se queda con un dominio de primer nivel.
Acaso que la gente que compra terrenos debe regalarselos a aquellos que construyen casas al lado solo por el hecho de construirlas???
Es muy injusto, desprecio a este organismo que no defiende a los pequeños comerciantes de internet, sino a las grandes marcas y ladrones de alto standing.