Danzas Holding AG (Suiza) y DHL Operations (Holanda, empresa matriz) representados por Jonas Rechtsanwaltsgesellschaft (Alemania) consiguieron vía WIPO el dominio (genérico en castellano) danzas.mobi registrado por Ma Shikai (China).
Danzas Holding AG se dedica a la logística y el transporte desde 1902. Tiene su marca registrada, que incluye la palabra DANZAS, en varios paises: Reino Unido, Suiza, Australia, Unión Europea, Hong Kong, China, Holanda, …
DHL Operations es la propietaria de los dominios danzas.com, danzas.biz, danzas.net y danzas.info.
El demandante cita el caso Danzas Holding AG v. Euro Plus Cargo SLU, donde consiguió el dominio danzas.biz, como precedente en el que se aceptó que el dominio era confusamente similar a su marca registrada.
Afirma además que el demandado no es conocido, ni tiene derechos sobre la marca DANZAS. No usa ni ha demostrado hacer preparativos para usar el dominio de manera comercial y tampoco de manera no comercial.
Además el demandado respondió a la C&D ofreciéndole el dominio por 500$, cantidad que excede claramente los gastos en los que haya podido incurrir relacionados directamente con el dominio.
Los datos de contacto que el demandado ha puesto en el whois son incompletos o incorrectos. Decisiones UDRP previas han establecido que esto es indicativo de mala fe, como el caso CC Computer Consultants GmbH and WAFA Kunststoffechnik GmbH v. APG Solutions & Technologies donde se había puesto un número de fax que claramente no existía.
El demandado, que sí había contestado en Inglés y Chino en referencia a su intención de participar en este procedimiento administrativo, no ha respondido a las alegaciones del demandante.
La panelista única Susanna H.S. Leong adjudicó el dominio al demandante en base a:
1) El término DANZAS en la marca del demandado es una palabra arbitraria y la parte más significativa de la misma. Reproducida en un dominio puede crear confusión entre los consumidores, habida cuenta que danzas.com, danzas.biz, danzas.net, y danzas.info son usadas por el demandante para ofrecer sus servicios.
2) El demandado no ha presentado pruebas de interés legítimo en el dominio, ni es ampliamente conocido por el mismo. Por otra parte el demandante es conocido en varios países, incluido China, por sus servicios de logística y transporte.
3) En la era de Internet, las marcas traspasan las fronteras nacionales. Es altamente improbable que el demandado no hubiera conocido la marca del demandante en el momento del registro del dominio. Esta afirmación se apoya en:
(a) La marca DANZAS del demandante es arbitraria y no descriptiva de los servicios y productos que ofrece.
(b) El dominio lleva casi dos años (desde que fuera registrado) apuntando a una web inactiva. No parece que haya intención de usarlo para ofrecer servicios o productos en internet. Decisiones UDRP previas similares han establecido que la tenencia pasiva de un dominio es indicio de registro y uso de mala fe.
(c) Después de recibir la carta C&D, el demandado intentó venderselo. Este hecho, unido a las demás circunstancias que concurren en este caso, es un indicio más de registro y uso de mala fe del dominio.
Han dejado 4 comentarios...
carmen
27 de mayo de 2008 at 11:42
La palabara danza aparece en el diccionario, no le pertenece a nadie por lo tanto, no me parece justo que las empresas grandes y poderosas se valgan de ese poder para quedarse con los nombres de dominios que les parezca alegando que son parte del nombre de su compañia…Tengo entendido que se venden los dominios al primero que lo solicita, salvo algunas excepciones. Si los poderosos no tomaron la prevision de comprar el nombre de su empresa en todas las extensiones, no es culpa de los demas registrantes.
Alfredo
28 de mayo de 2008 at 16:20
Se esta empezando a abrir la puerta a un juego peligroso. No quiero ser negativo pero la verdad que veo un futuro bastante negro.
Andrés
2 de junio de 2008 at 12:47
Esto sólo demuestra la ignorancia de la panelista única Susanna H.S. Leong.
Esta penalista, debería ser inmediatamente expulsada por la OMPI, por su falta evidente de conocimientos para estar en ese puesto.
Señora ignorante, «danzas» es un genérico como una catedral.
Marian Sanchez
8 de enero de 2010 at 12:54
La otra empresa era de transportes, nada que ver con la Danza. Había mala fe y un claro objeto de negociar con el dominio.