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El Registro de los dominios de la República Dominicana, NIC DO, permitirá el registro de dominios de segundo nivel .do a partir del 10 de diciembre 2009. Para proteger los registros actuales iniciarán el pre-registro en el segundo nivel de los dominios previamente registrados en el tercer nivel al 30 de octubre 2009, en este sentido se han establecido algunas disposiciones que permitirán iniciar este proceso de una manera justa y equitativa para todas las partes involucradas.

De considerarlo necesario, NIC DO podrá hacer cambios en las fechas establecidas en las presentes disposiciones.

Disposiciones generales:

1. NIC DO pre-registrará directamente bajo .do todos los dominios registrados en el 3er nivel al 30/10/09 que al 30/11/09 se encuentren al día en el pago de sus cuotas.

2. NIC DO mantiene una lista de nombres que no podrán ser registrados como nombres de dominio por estar relacionados o hacer referencia a: la estructura de IANA, la estructura de ICANN, términos de Internet, nombres de gTLDs existentes, propuestos o en proceso de aprobación por la autoridad competente, términos reservados para la operación de NIC DO.

3. No serán pre-registrados ni se permitirá el registro de nombres de dominios directamente bajo .do en los siguientes casos:

– Cuando el dominio se encuentre en la lista de nombres reservados de NIC DO.

– Cuando el dominio tenga una longitud menor a 2 caracteres.

– Cuando el dominio corresponda o haga alusión a nombres de ciudades y/o pueblos de la República Dominicana, estos nombres solo podrán ser registrados en el segundo nivel por el Gobierno Dominicano.

– Cuando el dominio se encuentre en proceso de litigio o reclamación de la titularidad.

– Cuando dominio ya esté registrado directamente bajo .do

4. Los dominios registrados en el tercer nivel cuyo registro sea eliminado y que figuren en la lista de Nombres Reservados por NIC DO, no se volverán a registrar como nombres de dominio en el tercer nivel.  

En caso de dominios registrados para el tercer nivel a diferentes Titulares,  se pre-registrará el dominio en el segundo al Titular de mayor antigüedad.

5. Los datos del dominio pre-registrado en el  segundo nivel serán los mismos que los del nombre de dominio de origen. Los dominios pre-registrados en el segundo nivel deberán completar el registro antes del 10/03/2010, a partir de ese momento de no completarse el registro, el dominio estará disponible para ser registrado por cualquier interesado. 

Para completar el registro del dominio es necesario:

– La aceptación del acuerdo de registro por parte del contacto administrativo del dominio, para estos efectos a partir del 10/12/09 NIC DO enviará un correo electrónico al contacto administrativo de cada dominio con las instrucciones a seguir para la aceptación del Acuerdo de Registro.

– El pago de la tarifa correspondiente al registro de dominios de segundo nivel.

El dominio no será resuelto por los DNS de NIC DO hasta tanto el pago por concepto de registro haya sido efectuado.

6. La tarifa establecida para los dominios de segundo nivel de 50$ por año.

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