"Verás todo tipo de triquiñuelas para conseguir dominios valiosos sin pagar el precio de mercado o para conseguir aquellos que sus propietarios no quieren vender." (Rick Schwartz)
ACE Limited, una empresa de seguros, intentó comprar a WebMagic Ventures el dominio Ace.com. Le hizo varias ofertas, incluyendo una de 450.000$, que fue presentada como un punto de inicio de las negociaciones. WebMagic dijo una y otra vez que el dominio no estaba en venta. Después de años de intentos fallidos de compra, ACE Limited se cansó e inició un procedimiento UDRP en el National Arbitration Forum (ACE Limited v. WebMagic Ventures, LLC).
El panel, integrado por tres personas (Neil Brown, Bruce O’Connor y Paul M. DeCicco), RECHAZÓ la demanda (8-Abril-2008). También rechazó la petición del demandado de considerar este como un caso de secuestro inverso de dominios en base a que el demandante tenía derechos limitados sobre ace y había hecho aserciones razonables sobre el hecho de que WebMagic podría haber actuado de mala fe (a pesar de que estas mismas aserciones fueron rebatidas por el panel).
ACE Limited, empresa afincada en las Islas Bermudas, argumentó en su demanda que:
1) Usa la marca ACE a nivel internacional desde 1985. Con ese nombre empezó en 1993 a operar en Wall Street. En 2002 sería incluida en el índice S&P 500 con esa denominación. En 2003 empezó a comercializar un seguro de vida bajo la marca ACE LIFE. Tiene una larga lista de marcas registradas que contienen la palabra ACE para más de 35 categorías de servicios que presta (los enumera en la demanda).
2) El demandado registró la marca ACE en 2001 para Servicios y Negocios (Clase 35). 8 años después volvió a solicitar una marca para ACE, con la única intención de crear un espejismo de intereses o derechos legítimos que le protejan contra una UDRP.
3) El demandado acumula cientos sino miles de dominios con el único interés de revenderlos. Con todos los respetos, es un ciberocupa en el negocio de la compra-venta de dominios. Para enmascarar su actividad, solicita marcas para algunos de esos dominios. Utiliza los dominios en páginas de parking creadas por él mismo. Su único interés es obtener ingresos del PPC y, si le es posible, venderlos a los legítimos propietarios de la marca registrada (o a su competencia) a precios estratosféricos.
4) El demandado posee 42 marcas registradas (ace, lifesavers, serendipity, cheers, instamark, …). Los dominios correspondientes apuntan a una página de parking muy parecida a la de ace.com. No ha usado el dominio (ni los otros) para ofrecer servicios o productos de buena fe en conexión con el nombre. No tiene intención de desarrollar el dominio. Además esta conducta forma parte de un patrón, lo cual denota mala fe en el registro y uso de estos dominios que evita que personas con interés legítimo en ellos los puedan utilizar.
WebMagic Ventures alegó en su defensa:
1) Registró el dominio en 1997 y lo viene usando ininterrumpidamente desde esa fecha. En 2004 obtuvo una marca registrada a nivel federal en concordancia con dicho uso. El USPTO (United States Patent and Trademark Office) aprobó que la solicitud fuera publicada el 26 de febrero de 2002, por si hubiera oposición a la misma. Como no la hubo, el registro se hizo efectivo el 13 de Abril de 2004.
2) Literalmente hay miles de empresas llamadas ace y miles de entidades que usan ace como marca. El demandante no explica porqué entre todos esos usuarios es el único que tiene derecho al dominio ace.com. Ace ("as") es muy popular, se puede aplicar a muchas cosas y tiene varios significados, desde un golpe del tenis a una carta de la baraja.
3) El demandante ha retenido o no suministrado al panel información relevante, como las comunicaciones previas con el demandado para que entrara en negociaciones por el dominio. La negativa a ello motivó el inicio de este procedimiento.
4) El demandante obvia la historia del demandado, cuya actividad es crear negocios y adicionalmente provee de servicios a sus clientes. Creó Toys.com, con el que obtuvo la mitad de la cuota del mercado online de la distribución de juguetes en los Estados Unidos y casi toda la cuota de mercado en otros 20 países. Más tarde se fusiónó con etoys. Otros negocios creados fueron pets.com, eFootage.com o klov.com.
El demandante sugiere que es ilegítimo que el demandado desarrolle varios negocios y adquiera marcas para ese fin.
5) El demandante quiere hacer creer al panel que se registró el dominio con intención de venderlo. El demandado ha dicho una y otra vez que el dominio no está en venta. El demandado ha comprado y vendido otros dominios no relacionados con ace.com, pero eso es algo irrelevante en relación a determinar si esa era la intención respecto a ace.com.
En cambio las comunicaciones previas entre las partes socaban la credibilidad del demandante. El Abril de 1999 intentó comprar sin éxito el dominio por 71.000$. En Agosto volvió a la carga, pidiendo esta vez una cifra . Otra vez se le dijo que no estaba en venta. En Noviembre de 2007 ofreció 300.000$ y llegó a ofrecer hasta 450.000$. Como otra vez se le dijo que no, volvió a mandar emails con ofertas que esta vez no obtuvieron respuesta. Lo volvió a intentar a través del correo certificado y más tarde por teléfono, insinuando que 450.000 era un punto de partida. Como no hubo respuesta afirmativa, dejaron de intentar comprarlo e iniciaron este procedimiento.
6) La tecnología usada en ace.com está pendiente de patente y ha sido desarrollada durante los últimos 5 años. La empresa The Data Refinery, creada hace más de dos años ha estado trabajando en esta web y estuvieron presentes en las conferencias de Desarrolladores de eBay en Las Vegas 2006 y Boston 2007. Esta empresa además obtuvo del USPTO la marca registrada AUCTION ACE en cinco clases diferentes. Dicha marca se usa en ace.com.
El demandado finalemente alega que hay un intento de secuestro del dominio: intento frustrado de compra, presentación selectiva de unos hechos, omision de otros,…
El Panel denegó la demanda en base a:
1) El demandante tiene derechos sobre ACE en función de sus marcas registradas por el USPTO, pero no tiene derechos exclusivos. No ha demostrado que su marca sea famosa. El término Ace es descriptivo y usado comunmente.
2) Comprar y vender dominios no es una actividad proscrita. Aunque puede ser un indicio de ciberocupación no es condición suficiente para ello. En este caso, las pruebas y argumentos presentados no demuestran ciberocupación por parte del demandado.
Ace.com es una web con links a otros sitios en un esquema PPC. Esta actividad es común y muy extendida. Sin una prueba que demuestre lo contrario, es una práctica comercial sin mala fe. El demandado tiene interés legítimo en el dominio.
3) No hay evidencia de que el demandado conociera la marca del demandante en el momento del registro. Por otro lado, es incontrovertible que el demandado nunca puso el dominio a la venta y de hecho rechazó las ofertas de compra por parte del demandante. Esto evidencia que ni registró ni usa el dominio de mala fe.
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meneame.net
15 de abril de 2008 at 10:23
Juicio por Ace.com…
ACE Limited demanda a Magic Ventures tras fallar la compra de Ace.com….